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miércoles, 7 de noviembre de 2012

¿A PARTIR DE LA CONSTITUCION DE 1991 LA PROPIEDAD ES ABSOLUTA O RELATIVA?


 
“Cada uno es perfectamente libre en aquello que no perjudica a los demás”  Platón.
DANIEL SOLA ACOSTA ORDOÑEZ- OSCAR ANDRÉS CONTECHA PANIAGUA- ANDRÉS EDUARDO DUQUE MARTÍNEZ

 Desde el inicio de la humanidad, el hombre reconoce su entorno, los beneficios de la naturaleza, de la tierra y la necesidad de interactuar como sociedad. Así mismo le es imperioso delimitar su medio por lo que entiende que algunas cosas deben pertenecerle en exclusividad. Para dar un concepto de propiedad es necesario hacer una retrospectiva, empezando por el concepto romano de propiedad, que fue  concebido bajo una estructura sagrada, absoluta e inviolable; en la época feudal fue limitado en razón a la restricción del comercio.
Durante la Revolución Francesa, se retoma el concepto romano como garantía y oposición a la dominación. De esta forma el derecho a la propiedad, aseguró a cada hombre un espacio exclusivo e inmutable en el que no existía injerencia alguna sobre sus bienes, y que garantizaba un poder absoluto y autónomo sobre sus posesiones de tal manera que constituyeran su independencia y desarrollo económico.

Este sentido absolutista estuvo inmerso en la legislación Colombiana en el artículo 669 del Código Civil, que consagraba el derecho de dominio como un derecho real, que permitía a su titular gozar y disponer arbitrariamente de la cosa, siempre y cuando no fuera contrario a la ley o contrario a un derecho ajeno. Con la Constitución Nacional de 1886 se incorporan nuevos elementos a la propiedad que limitan su ejercicio absoluto, consignados en los artículos 31 y 32 que ponen por encima del interés individual, la utilidad pública; respondiendo a las exigencias de una sociedad en evolución. 
Más adelante con la reforma constitucional de 1936, se introduce el concepto de función social de propiedad. En la Constitución de 1991, se adiciona a esta función social, la función ecológica, por lo que estando en contravía al precepto constitucional, la Corte Constitucional en sentencia C- 595 de 1999 declara  inexequible la palabra arbitrariamente del art. 669 del Código Civil. Es así como la propiedad adquiere un sentido relativo ya que el interés general al buscar la satisfacción de necesidades colectivas prima sobre el derecho individual; por lo que se han creado regulaciones legales, mecanismos administrativos y judiciales para que el Estado pueda garantizar la satisfacción de dichas necesidades. 
La normativa vigente Ley 9 de 1989, la ley 388 de 1997 y el Decreto 1504 de 1998  define que las fachadas y antejardines de los inmuebles de propiedad privada, forman parte del espacio público, pues mediante ellos se satisfacen necesidades públicas concretamente en los campos visual, de circulación y de preservación histórica, cultural o arquitectónica. Es responsabilidad de los propietarios, poseedores o tenedores de bienes inmuebles el mantenimiento y conservación de los mismos, siendo equitativa la carga en pro del beneficio común. 

También regulan lo referente a la expropiación en caso de desarrollo territorial que beneficie a la colectividad, así como la entidad encargada de la oferta y el plazo en que se pagara al propietario. El artículo 58 de la Constitución Nacional dispone que el ordenamiento jurídico preservara la propiedad privada y los derechos adquiridos de acuerdo a las leyes civiles, aunque la Carta Política reconoce la supremacía de los derechos individuales, no es absoluta, ya que la misma en el articulo 95 limita estos derechos ya que para ejercerlos hay que tener claro que estos generan responsabilidades, todas las acciones del ser humano repercuten de manera directa o indirecta en el espacio jurídico de los demás.  

Si la constitución, los tratados internacionales, las leyes y decretos internos regulan la propiedad privada, limitando la construcción por el color y estética de las fachadas, conservación de muros, alturas permitidas, etc., Y los mecanismos que tiene el Estado para extinguir nuestro derecho sobre la propiedad argumentando el interés general entonces podemos concluir  que la propiedad es relativa.  

No solamente porque puede expropiar en las condiciones que crea necesarias, conciliando o no, con la debida indemnización, sino que puede también expropiar sin indemnización durante los estado de guerra, claro está cuando este sea para el enfrentamiento; entonces podemos decir que es el Estado es quien tiene a fin de cuentas el poder absoluto sobre la propiedad. 

El régimen de la propiedad privada en el nuevo orden constitucional se aleja decididamente de las tendencias individualistas del derecho, que únicamente lo tienen como fuente de prerrogativas jurídicas subjetivas, para inclinarse por la visión del derecho deber, en la que su ejercicio sólo se legitima cuando persigue la promoción del bienestar social.

 

 

lunes, 8 de octubre de 2012

UNIDAD ESTUDIANTIL PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL FUTURO ACADÉMICO


PROGRAMA PARA LA REPRESENTACION ESTUDIANTIL AL CONSEJO ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA SEDE CALI

PERIODO NOVIEMBRE 1 DE 2012 A OCTUBRE 31 DE 2014

 

UNIDAD  ESTUDIANTIL PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL FUTURO ACADÉMICO

DANIEL SOLA ACOSTA ORDOÑEZ

LILIANA ANDREA VELASQUEZ

 

La unidad estudiantil  para la construcción del futuro académico, es la gestión de los estudiantes para la consecución de las metas propuestas, en pro del bienestar de la comunidad universitaria. Esta está liderada por DANIEL SOLA ACOSTA ORDOÑEZ, de quinto semestre, en calidad de candidata al Consejo Académico y LILIANA ANDREA VELASQUEZ de noveno, como suplente.   

Nuestra propuesta parte de una visión colectiva de la comunidad académica, con  objetivos claros y reales,  enmarcados dentro de los principios de democracia, transparencia, equidad, igualdad, participación, sostenibilidad, inclusión y beneficio social., para los estudiantes.

Así las cosas, es necesario que aprovechemos este espacio de participación para hacer un diagnostico y reflexión de la situación interna y externa de la Universidad que nos permita construir un plan de acción en aras de alcanzar la excelencia académica y de investigación, la internacionalización, estabilidad, visibilidad, presencia y participación institucional en la sociedad colombiana.

 

Nuestra propuesta está fundamentada en estrategias que buscan la iniciativa colectiva para el desarrollo de proyectos que respondan a las necesidades específicas de cada facultad.

Estas  son:

1.    CONTRUIR IDENTIDAD Y SENTIDO DE PERTENENCIA EN LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA :

a.    Institucionalizar la fiesta de bienvenida a los estudiantes de primer semestre.

b.    Institucionalizar la despedida de décimo semestre por parte de noveno semestre.

c.    Crear estrategias de visibilidad institucional a través de la generación de elementos de difusión  que permitan dar a conocer los diferentes proyectos de cada facultad.

d.    Concientizar a la comunidad universitaria de la importancia de la visibilidad institucional a través de charlas informativas, la creación y distribución de un manual de visibilidad, etc.

 

2.    MEJORAR LA CALIDAD ACADEMICA Y DE INVESTIGACION. La calidad académica y de investigación es una premisa y una meta en nuestra gestión universitaria por lo que es muy importante:

a.    Trabajar en sinergia con la representación estudiantil en el Consejo de Facultad para hacer una  revisión de los perfiles y la capacidad pedagógica  de la nomina docente.

b.    Legitimar el resultado de la evaluación  de docentes.

c.    Revisar  los procedimientos de selección  que tiene la universidad para la admisión de estudiantes.

d.    Implementar la metodología de investigación desde el aula a través de una actividad orgánica, dinámica, integrada e interactiva donde el profesor asuma un rol más creativo y permita a los estudiantes mayor participación en la construcción del conocimiento. Como ejemplo el seminario alemán.

e.    Crear la cátedra de escribir para publicar, como una forma de incentivo al estudiante para la elaboración de su monografía de grado y documentos de publicación.

f.     Impulsar la investigación en la universidad a través de la creación de  semilleros de investigación.

g.    Conformar y participar en redes investigación.

h.    Incentivar la participación en eventos académicos que permitan la difusión e intercambio de investigación de los semilleros.

i.      Incentivar, promover y fortalecer la internacionalización de la universidad estableciendo vínculos con organismos internacionales de carácter público o  privado para el intercambio de conocimiento, recursos, y servicios.

 

3.    AVANZAR HACIA LA INCLUSION: Adelantar acciones tendientes a materializar la visón de la universidad como promotora de inclusión social,  en temas como:

a.    El Desarrollo de proyectos de investigación que generen propuestas de inclusión social para la eliminación de factores o elementos de exclusión, tales como: deficiencias en la planta física que obstaculizan el excelente desempeño del estudiantado

b.    La realización de laboratorios de sensibilización en la comunidad universitaria que permita eliminar las barreras actitudinales, tanto de los estudiantes, como de los docentes y la planta administrativa.

 

4.    FOMENTAR EL BIENESTAR UNIVERSITARIO. Entendiendo que el bienestar universitario debe ser el complemento fundamental de la vida universitaria tendiente a garantizar la dignidad de todos los integrantes de la comunidad educativa por lo que es primordial:

a.    Revisar y actualizar la política institucional del bienestar universitario para que se adecue a las características particulares de cada sede.

b.    Mejorar los servicios de salud.

c.    Crear espacios adecuados para la integración y participación de la comunidad universitaria en la formación integral y desarrollo de habilidades artísticas, culturales y deportivas.

d.    Apoyar la participación interinstitucional en eventos artísticos, culturales y deportivos que consoliden lazos de convivencia universitaria. 

 

5.    DESCENTRALIZACIÓN.  Es necesaria la agilización de la gestión universitaria,  de acuerdo a la dinámica de cada facultad, toda vez que esta centralización no permite autonomía, eficiencia y eficacia en la toma de decisiones inmediatas, porque todo hay que consultarlo con Medellín, o con la sede sur, si de la sede norte se trata.

a.  Revisar la normatividad institucional.

b.  Crear el consejo de representantes estudiantiles de la sede.

 

POR LA UNIDAD DE LOS ESTUDIANTES.

CON PASIÓN Y COMPROMISO SIEMPRE ADELANTE!